SANTIAGO MUÑOZ MACHADO, Fundamentos del lenguaje claro, Espasa, Madrid, septiembre 2024, 160 páginas.
Santiago Muñoz Machado, ilustre jurista y Director de la Real Academia Española acaba de publicar un libro que lleva por título Fundamentos del lenguaje claro. El autor predica con el ejemplo y nos ofrece un libro claro sobre los fundamentos del lenguaje claro.
El libro analiza la situación actual del lenguaje ante los múltiples impactos que repercuten en la lengua española, no siempre inocuos ni beneficiosos. Leído el libro se tiene la impresión de la fragilidad y delicadeza de la lengua que, sin perjuicio de su propio devenir libre y sin trabas, exige una supervisión y cuidado por parte de la autoridad máxima en la materia, para evitar que el natural proceso evolutivo del lenguaje no degenere en caos y en inseguridad. El lenguaje es un instrumento insustituible de comunicación, necesitado de criterios y normas que solo la Academia debe aprobar.
En las 160 páginas que tiene el libro se van repasando los puntos álgidos de la formación del lenguaje claro. El capítulo histórico es muy enjundioso e ilustrativo. Nos conduce a las leyes históricas como grandes depósitos de palabras; y a las obras de los juristas antiguos como los creadores del derecho romano (presentes en el Digesto de Justiniano), pasando por el derecho medieval y el de la época moderna en las que los reyes han procurado la difusión de la lengua española a través de la legislación. Las pinceladas históricas muestran el avance del castellano a través de la sustitución del latín por el romance en las leyes que se remontan al reinado de Alfonso VIII (1189-1214), el vencedor de la batalla de las Navas de Tolosa. Y más intensamente con Fernando III y su hijo Alfonso X El Sabio. Cuando este asciende al trono castellanoleonés en 1252 la cancillería de su padre había emitido el 60 % de documentos en castellano durante la última década; un hito importante fue la traducción del latín del Liber Iudiciorum -el gran código visigodo- y otorgarlo a todos los pueblos reconquistados como derecho general. El autor relata los orígenes altomedievales del Liber hasta su aprobación por Recesvinto en el año 654. Y su traducción del latín al castellano. Su importancia para el lenguaje, explica Muñoz Machado, es tal que justifica que la Academia lo publicara en 1815. Hasta entonces la lengua estaba en deuda con las leyes.
Pero el libro de Muñoz Machado no es solo un libro de historia del derecho, aunque el lector pueda ilustrarse y gozar con esta y otras explicaciones. Es un libro plenamente actual donde se pasa revista a los factores que pueden distorsionar el idioma y la forma de tratarlos, siempre desde la perspectiva de que la lengua no se impone, sino que se forma de abajo arriba. Y de ahí que en nuestro tiempo se inviertan las tornas, y sean las leyes las que están en deuda con la lengua pues es responsabilidad de los legisladores que las leyes utilicen un lenguaje claro.
Las cuestiones a las que atiende el libro son muy variadas: la oscuridad de las leyes y las sentencias, y los esfuerzos por acabar con ella; la tecnología que ha creado máquinas parlantes obedientes a los algoritmos de los informáticos, no siempre cuidadosos con los cánones de la normativa de la lengua; la inteligencia artificial tan unido a lo anterior, que presenta riesgos de maltrato de la lengua: el vocabulario con que se dota a la inteligencia artificial hablante y que “acepta jergas o particularismos lingüísticos desconocidos por otras, que abunden en variantes fraseológicas que no hayan sido asumidas por todos los programadores o, en fin, que se utilicen de modo sesgado o se eliminen especialidades lingüísticas de algunos territorios; o lo contrario: que se desplace el sistema común del idioma”.
Son muy ilustrativas y esclarecedoras las referencias a otro gran tema de nuestro tiempo: el lenguaje inclusivo que, con sus excesos, revelan una actitud autoritaria como muestra la proliferación de guías administrativas del uso de términos y expresiones. Las cultas explicaciones del Director de la Real Academia están llenas de sentido, y no pueden herir ninguna sensibilidad como no sea la que se sostiene desde la imposición ideológica. En esta línea se refiere por ejemplo a los desdoblamientos de las palabras en sus terminaciones masculino y femenino -los sufijos “os” “as”. Citando al Diccionario panhispánico de dudas, nos recuerda que «no son incorrectos desde el punto de vista lingüístico, puesto que se entiende en estos casos que el masculino se usa solo en su sentido específico referido en exclusiva a los varones; pero sí son completamente innecesarios la mayor parte de las veces, resulta difícil mantenerlos con constancia a lo largo del discurso y, de conseguirlo, el texto deviene sumamente farragoso, lo que dificulta la comprensión del mensaje. Además, el deseo de mitigar la pesadez de la expresión provocada por estos desdoblamientos conduce a soluciones artificiosas que contravienen las reglas de la gramática».
En conexión con la anterior otra preocupación es la importancia del lenguaje como herramienta del poder. Ha cobrado, dice Muñoz Machado, “nuevos bríos y formas de imposición”. Pues desde los tiempos de la Revolución Francesa y el comienzo del constitucionalismo en el que aparecieron nuevos términos y se persiguieron lenguas locales, (como el patois en Francia), no se producían estas intervenciones más o menos autoritarias en el uso del lenguaje.
Alerta Muñoz Machado contra el uso de los eufemismos para facilitar la asimilación por los ciudadanos de acciones políticas que denominadas por su propio nombre resultarían más difíciles de digerir y asimilar. Pone algunos ejemplos: “no usar recesión, crisis, despidos o emigración y sustituirlos por eufemismos como crecimiento negativo, gradual desaceleración, reajuste de plantilla o movilidad exterior. Las denominaciones eufemísticas -recalca- tienen, generalmente, la finalidad de encubrir una realidad que resulta embarazosa para quien las usa y que podría amenazar su imagen, sea un político, un partido o una marca (…) imponer mediante normas de las Administraciones públicas, palabras oficialmente correctas o recomendables, o formas gramaticales, que quedan fueran del sistema de la lengua y que han sido creadas al servicio de políticas de moda, solo ha ocurrido históricamente en el caso de los gobiernos autoritarios”. Palabras fuertes pero muy reales a la vista de tantas guías de uso de la lengua como pululan en las instituciones públicas y privadas que prestan servicios de interés general en sectores en los que disfrutan de posiciones de dominio.
La claridad en el lenguaje es, en fin, un derecho con buenos fundamentos constitucionales y legales. Se ha generado una relación jurídica: el derecho a un lenguaje claro y la correlativa obligación administrativa, lo que es muy positivo sobre todo para las personas más vulnerables a las que la lectura de un texto legal o una resolución administrativa puede resultar un enigma.
Así pues, el libro es oportuno, ilustrativo y de gran interés. Sus mensajes, en mi opinión, no son solo para las instituciones. También a los ciudadanos, en nuestra conversación habitual y en nuestra escritura, nos corresponde conocer la lengua, y escribir y hablar con corrección. Y contribuir así a esta gran tarea común de mantener sano este formidable e insustituible instrumento de unidad como es la lengua. En fin, la lectura del libro es muy enriquecedora y, viniendo de quien viene -un jurista y académico del más alto nivel- ojalá sea muy leído y muy tenidos en cuenta los sabios y razonados criterios que impregnan su contenido.
