Matilde Carlón Ruiz,  Las administraciones públicas ante la inteligencia artificial, Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, 2025, 334 páginas.

Se trata de una obra completa escrita por Matilde Carlón, catedrática de Derecho administrativo en la Universidad Complutense, sobre la aplicación de la inteligencia por las Administraciones Públicas tras la aprobación del Reglamento Europeo de inteligencia artificial (la ley de la IA).

Es importante destacar el carácter unitario de la obra escrita por una sola autora lo que confiere una homogeneidad de criterio frente a la mayoría de las obras colectivas publicadas en la actualidad en esta materia. Esto resulta especialmente relevante en el contexto de los estudios surgidos a raíz de la publicación del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial, donde predominan las obras colectivas firmadas por varios autores.

La autora refleja el temor y la fascinación que despiertan la aplicación de la inteligencia artificial por las Administraciones Públicas, por consiguiente, el gran reto que supone para el Derecho Administrativo regular el uso de la inteligencia artificial (en adelante IA) por las Administraciones Públicas.

En primer lugar, realiza una aproximación al concepto de IA, con el objeto de contextualizar su uso por las Administraciones Públicas. Se trata de entender lo que implica la IA y el papel que puede llegar a tener en la actividad administrativa.

A continuación, partiendo de que la entrada en vigor del nuevo reglamento europeo determina el contenido de las obligaciones que el uso de la IA implica también para las Administraciones Públicas, analiza el contenido del Reglamento (UE) 2024/1689 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de junio de 2024, por el que se establecen normas armonizadas en materia de inteligencia artificial y por el que se modifican los Reglamentos (CE) nº 300/2008, (UE) nº 167/2013, (UE) nº 168/2013, (UE) 2018/858, (UE) 2018/1139 y (UE) 2019/2144 y las Directivas 2014/90/UE, (UE) 2016/797 y (UE) 2020/1828 (Reglamento de Inteligencia Artificial). Este reglamento con una eficacia escalonada será aplicable con carácter general transcurridos 24 meses desde la entrada en vigor, esto es el 2 de agosto de 2026, si bien con un régimen transitorio que demora su aplicación para las autoridades públicas en el artículo 111.2.

En los capítulos siguientes, tomando como referencia la regulación del uso de la inteligencia artificial por parte de las Administraciones Públicas recogida en la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación, la autora adopta el esquema del artículo 23, abordando los distintos mecanismos de garantía y control del uso de la IA por las Administraciones Públicas a partir de la triple categoría: minimización de riesgos, transparencia y rendición de cuentas.

Podemos concluir que realiza una sistematización del marco regulatorio del uso de la IA por la Administraciones Públicas, prestando especial atención a las obligaciones derivadas del Reglamento Europeo de inteligencia artificial, de la protección de datos y de la transparencia. Incluyendo las estructuras de control y supervisión que permiten a las Administraciones Públicas adoptar la IA de forma segura, con criterios de rendición de cuentas y buena gobernanza.

En suma, se trata de una obra que nace como respuesta a la necesidad generada por la entrada en vigor del Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial y al enorme reto que supone integrar el uso de estas nuevas tecnologías de la IA en el marco del cumplimiento del artículo 103.1 de la Constitución.

Por todo ello, estamos ante una obra de consulta imprescindible tanto para operadores jurídicos como para investigadores del Derecho, que encontrarán en ella una valiosa clarificación e interpretación de la compleja y extensa regulación que implica enfrentarse al Reglamento Europeo de Inteligencia Artificial. Esta claridad les permitirá abordar con mayor seguridad y solvencia los desafíos que plantea la aplicación práctica de la inteligencia artificial en el ámbito jurídico.

Amparo Mora Martí, Doctora en Derecho. Cuerpo Superior Técnico de la Administración de la Generalitat Valenciana.